España empieza con retraso la norma que regula el turismo sanitario europeo
A partir de esta
media noche, todos los ciudadanos europeos que lo deseen podrán recibir
atención sanitaria fuera de su país de origen. Con la entrada en vigor
de la Directiva Europea de Asistencia Sanitaria Transfronteriza, los pacientes que lo deseen podrán adelantar el dinero de los servicios que vayan a recibir en el extranjero y solicitar posteriormente su reembolso a su país de origen.
Como señala la Comisión Europea en una nota de prensa, todos los países miembros de la UE deberán haber traspuesto esta normativa a su legislación nacional para esta misma media noche. Sin embargo, como reconoce el propio Ministerio de Sanidad en un comunicado, España aún tardará "unas semanas" en completar esta trasposición con la publicación de un Real Decreto al respecto.
La nueva normativa ha sido calificada por Sanidad como "la norma comunitaria de ámbito sanitario de mayor impacto en los últimos años", puesto que supondrá "una importante adaptación organizativa de todos los estados miembros".
Por su parte, el comisario europeo de Sanidad, Tonio Borg, ha defendido que esta directiva supone para los pacientes "más opciones de asistencia sanitaria, más información y un reconocimiento más fácil de las recetas a través de las fronteras". Además, añadía, para los sistemas sanitarios también es positiva en tanto mejorará "la cooperación entre los Estados miembros en materia de herramientas interoperables de salud en línea, el recurso a la evaluación de las tecnologías sanitarias y la puesta en común de las primeras experiencias".
Como explica la propia Comisión, la demanda de asistencia sanitaria transfronteriza representa únicamente en torno al 1% del gasto público en salud (unos 10.000 millones de euros), donde se incluye tanto las cirugías programadas y desplazamientos (cataratas, prótesis...) como la asistencia que reciben los turistas en Urgencias.
A partir de ahora, los pacientes sólo necesitarán solicitar permiso a su país de origen para tratarse en otro territorio europeo en tres casos excepcionales (cuando la asistencia requiere una hospitalización de, al menos, una noche; en casos muy especializados y muy caros que los países deben especificar previamente; o en casos graves y específicamente relacionados con la calidad o la seguridad que ofrece un determinado prestador). Para el resto, no será necesaria autorización previa. Eso sí, la norma establece que será el ciudadano quien corra con los gastos inicialmente hasta que le sean reembolsados por su país de origen.
También las recetas extendidas en un país de la UE serán reconocidas en el país de residencia del paciente, y viceversa.
Como señala la Comisión Europea en una nota de prensa, todos los países miembros de la UE deberán haber traspuesto esta normativa a su legislación nacional para esta misma media noche. Sin embargo, como reconoce el propio Ministerio de Sanidad en un comunicado, España aún tardará "unas semanas" en completar esta trasposición con la publicación de un Real Decreto al respecto.
La nueva normativa ha sido calificada por Sanidad como "la norma comunitaria de ámbito sanitario de mayor impacto en los últimos años", puesto que supondrá "una importante adaptación organizativa de todos los estados miembros".
Por su parte, el comisario europeo de Sanidad, Tonio Borg, ha defendido que esta directiva supone para los pacientes "más opciones de asistencia sanitaria, más información y un reconocimiento más fácil de las recetas a través de las fronteras". Además, añadía, para los sistemas sanitarios también es positiva en tanto mejorará "la cooperación entre los Estados miembros en materia de herramientas interoperables de salud en línea, el recurso a la evaluación de las tecnologías sanitarias y la puesta en común de las primeras experiencias".
Como explica la propia Comisión, la demanda de asistencia sanitaria transfronteriza representa únicamente en torno al 1% del gasto público en salud (unos 10.000 millones de euros), donde se incluye tanto las cirugías programadas y desplazamientos (cataratas, prótesis...) como la asistencia que reciben los turistas en Urgencias.
A partir de ahora, los pacientes sólo necesitarán solicitar permiso a su país de origen para tratarse en otro territorio europeo en tres casos excepcionales (cuando la asistencia requiere una hospitalización de, al menos, una noche; en casos muy especializados y muy caros que los países deben especificar previamente; o en casos graves y específicamente relacionados con la calidad o la seguridad que ofrece un determinado prestador). Para el resto, no será necesaria autorización previa. Eso sí, la norma establece que será el ciudadano quien corra con los gastos inicialmente hasta que le sean reembolsados por su país de origen.
También las recetas extendidas en un país de la UE serán reconocidas en el país de residencia del paciente, y viceversa.
http://www.elmundo.es/elmundosalud/2013/10/25/noticias/1382699048.html
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