Las devoluciones serán muy limitadas y tardarán años en concretarse
Los consumidores deberán reclamar en su Comunidad
¿Qué es el céntimo sanitario? Se trata de un recargo
sobre el impuesto especial de hidrocarburos establecido en 2002 para
financiar los gastos sanitarios y medioambientales de las comunidades
autónomas, receptoras de su recaudación. El impuesto consta de dos
tramos, estatal (fijo) y autonómico, que varía en cada caso. Así, su
cuantía se movía en una horquilla entre 1 y 4,8 céntimos por litro de
carburante. Un total de 13 comunidades han llegado a aplicarlo en algún
momento.
¿Quién puede reclamar su devolución? En principio, todo aquel que lo haya abonado en el periodo en que estuvo vigente (entre 2002 y 2012, pues en 2013 se reformuló para adaptarlo a los requerimientos europeos). En la práctica, apenas una parte de los contribuyentes podrán beneficiarse de la devolución. Principalmente, porque esta no es automática: hay que reclamarla en los tribunales y, si estos dan la razón, la Agencia Tributaria deberá comprobar la validez de ese derecho. Es muy improbable que los particulares guarden justificantes de pago de carburantes (facturas y otros documentos). Solo las empresas —en buena medida las de transportes, que llevan años litigando contra este impuesto— podrán documentar en alguna medida esos pagos.
¿Son las devoluciones ilimitadas? La restitución de lo abonado ilegalmente se rige por el principio general de deudas tributarias: solo pueden reclamarse las de los últimos cuatro ejercicios. Eso lleva a la organización de técnicos de Hacienda Gestha a cifrar en casi 4.000 millones las cantidades susceptibles de devolución, las abonadas desde 2010. No obstante, quienes tienen demandas planteadas en los tribunales antes de esa fecha sí pueden beneficiarse de un cobro más extenso.
¿Quién es el responsable de devolver esos pagos? El impuesto fue creado por el Estado, aunque la recaudación iba destinada a las comunidades, que a su vez podían legislar sobre el tramo comunitario. Pero el hecho de que la figura sea estatal anticipa litigios entre el Gobierno central y las comunidades. Cataluña ya advirtió ayer de que no asumirá las devoluciones porque fue el Gobierno central el responsable de definir el tributo (y, por tanto, de sus errores). Francisco de la Torre, de la organización de Inspectores de Hacienda del Estado, advierte además de que los contribuyentes podrían también exigir responsabilidad patrimonial al Estado.
¿Cómo será el proceso? La amplia casuística relativa a este impuesto (las cantidades abonadas y el periodo de referencia varían en cada comunidad y en cada contribuyente) permite aventurar un proceso complejo y muy burocrático. Tanto los tribunales como la Agencia Tributaria se enfrentarán a una ingente cantidad de reclamaciones. Probablemente lleve años recuperar lo abonado a quienes logren documentarlo. En cualquier caso, una mínima parte de la inmensa mayoría de contribuyentes que en algún momento entre 2002 y 2012 pusieron gasolina a sus vehículos.
¿Existe el céntimo sanitario en otros países? España es una rareza en gravar los carburantes con fines sanitarios y medioambientales. Ninguno de los grandes países comunitarios tiene figuras similares, informa Efe.
¿Quién puede reclamar su devolución? En principio, todo aquel que lo haya abonado en el periodo en que estuvo vigente (entre 2002 y 2012, pues en 2013 se reformuló para adaptarlo a los requerimientos europeos). En la práctica, apenas una parte de los contribuyentes podrán beneficiarse de la devolución. Principalmente, porque esta no es automática: hay que reclamarla en los tribunales y, si estos dan la razón, la Agencia Tributaria deberá comprobar la validez de ese derecho. Es muy improbable que los particulares guarden justificantes de pago de carburantes (facturas y otros documentos). Solo las empresas —en buena medida las de transportes, que llevan años litigando contra este impuesto— podrán documentar en alguna medida esos pagos.
¿Son las devoluciones ilimitadas? La restitución de lo abonado ilegalmente se rige por el principio general de deudas tributarias: solo pueden reclamarse las de los últimos cuatro ejercicios. Eso lleva a la organización de técnicos de Hacienda Gestha a cifrar en casi 4.000 millones las cantidades susceptibles de devolución, las abonadas desde 2010. No obstante, quienes tienen demandas planteadas en los tribunales antes de esa fecha sí pueden beneficiarse de un cobro más extenso.
¿Quién es el responsable de devolver esos pagos? El impuesto fue creado por el Estado, aunque la recaudación iba destinada a las comunidades, que a su vez podían legislar sobre el tramo comunitario. Pero el hecho de que la figura sea estatal anticipa litigios entre el Gobierno central y las comunidades. Cataluña ya advirtió ayer de que no asumirá las devoluciones porque fue el Gobierno central el responsable de definir el tributo (y, por tanto, de sus errores). Francisco de la Torre, de la organización de Inspectores de Hacienda del Estado, advierte además de que los contribuyentes podrían también exigir responsabilidad patrimonial al Estado.
¿Cómo será el proceso? La amplia casuística relativa a este impuesto (las cantidades abonadas y el periodo de referencia varían en cada comunidad y en cada contribuyente) permite aventurar un proceso complejo y muy burocrático. Tanto los tribunales como la Agencia Tributaria se enfrentarán a una ingente cantidad de reclamaciones. Probablemente lleve años recuperar lo abonado a quienes logren documentarlo. En cualquier caso, una mínima parte de la inmensa mayoría de contribuyentes que en algún momento entre 2002 y 2012 pusieron gasolina a sus vehículos.
¿Existe el céntimo sanitario en otros países? España es una rareza en gravar los carburantes con fines sanitarios y medioambientales. Ninguno de los grandes países comunitarios tiene figuras similares, informa Efe.
http://sociedad.elpais.com/sociedad/2014/02/27/actualidad/1393534809_522421.html
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