El hijo de Ortega Cano, en prisión por su 'brutalidad'
José Fernando Ortega Mohedano, el hijo del ex torero José Ortega Cano y la difunta Rocío Jurado, seguirá encarcelado por la brutal paliza que, junto a varios amigos, propinó a un joven con el que discutieron en un club de alterne de Sevilla para
después robarle. La juez que lleva el caso, Beatriz González, se ha
negado rotundamente a dejarle libre a él y a sus amigos, precisamente, por la 'brutalidad' de la que hicieron gala.
En un auto notificado ayer a las partes, la magistrada del Juzgado de Instrucción 5 confirma la medida de prisión provisional, comunicada y sin fianza para Ortega, Francisco Santos e Issac Fernández, que permanecerán "por el momento" entre rejas. Y ello, afirma la juez González, ante "lo injustificado de la reacción violenta de los imputados y la gratuidad de la violencia empleada por éstos".
Más aún, añade otro argumento que negarse a poner en libertad a los imputados, la "alarma social" y el "riesgo en abstracto" de que los hechos por los que fueron detenidos, y por los que están encarcelados, pudieran repetirse "en situaciones parecidas" y con víctimas diferentes. Hay que tener en cuenta, apunta la juez, que dos de los tres imputados tienen antecedentes policiales por presuntas agresiones y amenazas que "cuestionan su conducta social".
La juez llega a afirmar que existe la posibilidad de que, si los imputados fuese excarcelados, burlasen una hipotética orden de alejamiento, bien quebrantándola directamente o a través de "terceras personas".
La víctima, Jonathan V.A., es clave en este procedimiento judicial y es imprescindible protegerle ante el riesgo "fundado" de que sobre ella se pueda ejercer "cualquier tipo de presión" con la intención de que modifique su versión de lo sucedido en el club El Rey 2000 de Castilleja de la Cuesta el pasado noviembre. Una versión cuya, apostilla la titular del Juzgado de Instrucción 5, credibilidad y verosimilitud "no son cuestionables".
Ninguno de los tres jóvenes encarcelados, añade el auto fechado ayer, ha acreditado además el arraigo que podría justificar cambiar su situación. El mero empadronamiento en el domicilio familiar de los padres, dice la magistrada, no implica responsabilidades familiares o laborales ni un "verdadero" vínculo de sujeción personal. Más bien, apunta, "todo lo contrario".
En el caso concreto del hijo de Ortega Cano, la juez es especialmente rotunda y cuestiona expresamente las razones alegadas por su abogada, Esperanza Lozano. Le llama la atención, y así lo dice expresamente, que el certificado de empadronamiento que se aporta corresponde a la localidad de Alcobendas (Madrid), algo que no coincide con el domicilio facilitado por el joven "de manera espontánea" a la Guardia Civil tras ser detenido. Dijo entonces José Fernando que residía en el municipio gaditano de Arcos de la Frontera desde hace algún tiempo, pero, al parecer, no ha formalizado su empadronamiento y esto "consolida la idea de su falta de arraigo".
Por si fuera poco, ni Ortega Mohedano ni los otros dos detenidos han demostrado responsabilidades familiares, laborales y académicas. El contrato de matrícula de un curso de CEAC en septiembre de 2010 y una «escueta» certificación del instituto Ágora de Alcobendas aportados por la abogada de José Fernando acreditan la dedicación del joven a los estudios. Ni siquiera que haya asumido un compromiso académico "serio". Todo ello podría ser fácilmente probado, si existieran realmente, con calificaciones oficiales o certificados académicos, insiste la magistrada.
En un auto notificado ayer a las partes, la magistrada del Juzgado de Instrucción 5 confirma la medida de prisión provisional, comunicada y sin fianza para Ortega, Francisco Santos e Issac Fernández, que permanecerán "por el momento" entre rejas. Y ello, afirma la juez González, ante "lo injustificado de la reacción violenta de los imputados y la gratuidad de la violencia empleada por éstos".
Más aún, añade otro argumento que negarse a poner en libertad a los imputados, la "alarma social" y el "riesgo en abstracto" de que los hechos por los que fueron detenidos, y por los que están encarcelados, pudieran repetirse "en situaciones parecidas" y con víctimas diferentes. Hay que tener en cuenta, apunta la juez, que dos de los tres imputados tienen antecedentes policiales por presuntas agresiones y amenazas que "cuestionan su conducta social".
La juez llega a afirmar que existe la posibilidad de que, si los imputados fuese excarcelados, burlasen una hipotética orden de alejamiento, bien quebrantándola directamente o a través de "terceras personas".
La víctima, Jonathan V.A., es clave en este procedimiento judicial y es imprescindible protegerle ante el riesgo "fundado" de que sobre ella se pueda ejercer "cualquier tipo de presión" con la intención de que modifique su versión de lo sucedido en el club El Rey 2000 de Castilleja de la Cuesta el pasado noviembre. Una versión cuya, apostilla la titular del Juzgado de Instrucción 5, credibilidad y verosimilitud "no son cuestionables".
Ninguno de los tres jóvenes encarcelados, añade el auto fechado ayer, ha acreditado además el arraigo que podría justificar cambiar su situación. El mero empadronamiento en el domicilio familiar de los padres, dice la magistrada, no implica responsabilidades familiares o laborales ni un "verdadero" vínculo de sujeción personal. Más bien, apunta, "todo lo contrario".
En el caso concreto del hijo de Ortega Cano, la juez es especialmente rotunda y cuestiona expresamente las razones alegadas por su abogada, Esperanza Lozano. Le llama la atención, y así lo dice expresamente, que el certificado de empadronamiento que se aporta corresponde a la localidad de Alcobendas (Madrid), algo que no coincide con el domicilio facilitado por el joven "de manera espontánea" a la Guardia Civil tras ser detenido. Dijo entonces José Fernando que residía en el municipio gaditano de Arcos de la Frontera desde hace algún tiempo, pero, al parecer, no ha formalizado su empadronamiento y esto "consolida la idea de su falta de arraigo".
Por si fuera poco, ni Ortega Mohedano ni los otros dos detenidos han demostrado responsabilidades familiares, laborales y académicas. El contrato de matrícula de un curso de CEAC en septiembre de 2010 y una «escueta» certificación del instituto Ágora de Alcobendas aportados por la abogada de José Fernando acreditan la dedicación del joven a los estudios. Ni siquiera que haya asumido un compromiso académico "serio". Todo ello podría ser fácilmente probado, si existieran realmente, con calificaciones oficiales o certificados académicos, insiste la magistrada.
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