Los derechos de los pacientes, por Ana PASTOR
Nuestro SNS ha de ofrecer una respuesta efectiva para que las personas puedan recibir cuidados de salud, independientemente de su situación económica y social. Debemos garantizar la equidad, la igualdad, la calidad y la participación social dentro del Sistema de Salud. Garantizar el acceso a las prestaciones y el derecho a la protección de la salud en condiciones de igualdad efectiva, que posibilite la libre circulación de los ciudadanos. Garantizar la calidad, que conjugue la incorporación de las innovaciones con la seguridad y efectividad de las mismas, que oriente los esfuerzos del Sistema hacia la anticipación a los problemas de salud o hacia soluciones eficaces cuando aparecen. Garantizar la participación ciudadana, tanto en el respeto a la autonomía de sus decisiones como en la consideración de sus expectativas como colectivo de usuarios del sistema. Pero también, hemos adaptado el Sistema Sanitario a nuevos derechos de los pacientes: El derecho a la intimidad, el paciente hace una cesión de su privacidad para posibilitar la actuación clínica, pero ha de garantizársele el derecho a la confidencialidad y autonomía en las decisiones. El paciente quiere tomar sus decisiones, solicitando los medios para ello. La Ley reguladora de la Autonomía del Paciente 41/2002 recoge el derecho a decidir, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles. Es creciente la concienciación sobre la necesidad de cuidar a mayores, discapacitados, menores y quienes padecen enfermedades raras y que tienen más problemas de accesibilidad a servicios. Estos derechos son los que debemos garantizar si queremos que los ciudadanos perciban que los poderes públicos aseguran su derecho a la protección de la salud. Llama la atención que algunos pretendan «ampliar derechos» cuando no se están respetando, en muchos casos, los derechos que ya están en el ordenamiento jurídico.
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